La Dirección de Inspecciones de Personas Jurídicas ha anulado la resolución 072/2020 que otorgaba a las Asociaciones Civiles un plazo de dos ejercicios para obtener su certificado de vigencia. Esto se debe a que se consideró que fue emitida en una circunstancia sanitaria especial. En su lugar, se emitió la nueva resolución 1/24, mediante la cual se otorgarán certificados de vigencia, incluso hasta un (1) ejercicio vencido.
Estos certificados seguirán siendo emitidos a través de la página oficial y tendrán una duración de 30 días.
OBTENER EL CERTIFICADO DE VIGENCIA – AQUI –